Importantes recortes en el coeficiente
de subvencionalidad de pastos
Ya se puede consultar a través del Visor y del servicio web de mapas (WMS) del SIGPAC nacional lo que se conoce como la caché de la campaña 2023, en base a la cual se deberán declarar las superficies de la Solicitud Única de Ayudas de la Política Agrícola Común.
El SIGPAC es el sistema de identificación de parcelas agrarias que sirve de base para la gestión de las ayudas por superficie de la PAC. Desde el uno de enero de 2005, el SIGPAC es la única base de referencia para la identificación de las parcelas agrícolas en el marco de la PAC.
La Base de Datos del SIGPAC se actualiza continuamente a través de varios procesos en los que participan tanto las comunidades autónomas como el FEGA.
No obstante, para garantizar una cierta estabilidad durante el proceso declarativo, antes del inicio del periodo de presentación de la solicitud única de la PAC, se toma una “foto fija” de la base de datos. Esta copia en un momento dado es la que se conoce como “Caché de campaña” y es la que se puede consultar a través del Visor, del servicio WMS del SIGPAC y del servicio ATOM de descarga de datos del SIGPAC nacional.
No obstante lo anterior, debe tenerse en cuenta que los agricultores deben realizar la declaración de superficies en base a la realidad del terreno. En el caso de que el SIGPAC no refleje la situación real de las parcelas y si observa que sus recintos no están correctamente delimitados o si ha cambiado el uso de algún recinto, el productor lo notificará a la Administración a través de la oportuna solicitud de modificación al SIGPAC. Un recinto incorrectamente delimitado puede dar lugar a una reducción de las ayudas solicitadas, especialmente si incluye elementos que no son subvencionables.
Las principales novedades para la caché de la campaña 2023 son la incorporación de nuevas capas, el nuevo coeficiente de subvencionalidad de pastos y las nuevas regiones para la Ayuda Básica a la Renta para la Sostenibilidad.
Nuevo coeficiente de subvencionabilidad de pastos:
El nuevo Coeficiente de Subvencionabilidad de los Pastos (CSP) del año 2023 viene a sustituir al anterior Coeficiente de Admisibilidad de los Pastos (CAP) del año 2015.
Para cada recinto SIGPAC de pasto permanente se ha actualizado, casi siempre a la baja, el valor del coeficiente que ajusta la superficie de pastos subvencionable. De este modo, la superficie de pastos subvencionable del recinto sería el valor de la superficie total del mismo multiplicada por dicho coeficiente.
Como novedad respecto al CAP2015, el CSP2023 introduce el factor especie que valorará la pastabilidad del tipo de vegetación propia de la zona donde se encuentre el recinto SIGPAC.
Hay que prestar atención a estas posibles modificaciones, casi siempre en disminución del nuevo coeficiente de subvencionalidad de pastos (CSP). En la nueva caché, y sin motivo aparente, recintos con un coeficiente determinado durante años anteriores, han sido objeto de una reducción importante. En consecuencia, al disminuir la superficie subvencionable de pastos no habrá superficie suficiente para justificar los derechos de la Ayuda Básica, y habrá también menos superficie para el eco-régimen de pastoreo extensivo.
Incorporación de nuevas capas
- Pastos comunales. Superficies de pastos utilizados en común.
- Arroz tradicional. Con la información gráfica de las superficies de cultivo tradicional de arroz, que podrá acogerse a la ayuda asociada a este cultivo.
- Algodón tradicional. Superficies que pueden acogerse al pago específico al cultivo del algodón.
- Franjas de protección de los cauces. Cartografía que contiene la información gráfica de las franjas de protección de los cursos de agua, embalses, lagos y lagunas. Se ha elaborado a partir de información oficial de los organismos competentes en materia de aguas y su principal objetivo es servir de apoyo a los agricultores para el cumplimiento de la BCAM 4 de la condicionalidad.
“BCAM 4. Creación de franjas de protección en los márgenes de los ríos.
Se deberán cumplir las siguientes obligaciones:
– Se crearán franjas de protección a lo largo de los cursos de agua, así como de los embalses, lagos y lagunas, considerados a partir de la ribera, que estarán situadas en la parcela agrícola, de forma que los bordes de estas franjas sean paralelos al borde del cauce o masa de agua, pudiendo estar ocupadas por vegetación de ribera. Estas franjas quedarán reflejadas en la correspondiente capa SIGPAC. ….”
Las superficies agrarias incluidas en esta capa seguirán siendo elegibles para la percepción de las ayudas por superficies de la PAC, tendrán la consideración de superficies o elementos no productivos a efectos del cumplimiento de la BCAM 8 de la condicionalidad y podrán ser consideradas en el marco del ecorrégimen de espacios de biodiversidad en tierras de cultivo y cultivos permanentes en caso de que cumplan los requisitos establecidos en el mismo. Esta capa es provisional y se irá depurando y consolidando su información. Por tanto, en el caso de que un agricultor no esté de acuerdo con la información de esta capa, deberá presentar una solicitud de modificación al SIGPAC.
- Olivar en desventaja: Cartografía que contiene la información gráfica de las superficies de olivar con dificultades específicas y alto valor medioambiental que podrán acogerse a la ayuda asociada a este cultivo a partir de 2023.
- Bancales: Cartografía que contiene la información gráfica relativa a los recintos identificados por contener terrazas en la mayor parte de su superficie, que podrán acogerse al ecorrégimen agricultura de carbono: cubiertas vegetales y cubiertas inertes en tierras de cultivos leñosos en terrenos de elevada pendiente y bancales a partir de 2023.
Ayuda Básica a la Renta para la Sostenibilidad (ABRS)
Con la nueva caché se incluye la información definitiva sobre la nueva Región para la Ayuda Básica a la Renta para la Sostenibilidad (ABRS) que se ha asignado a cada recinto.
Recordamos que se ha pasado del modelo anterior de 50 regiones agronómicas, a un modelo de 20 regiones englobadas en 5 bloques: Tierras de cultivo de secano (1, 2, 3, 4, y 5), Tierras de cultivo de regadío (6, 7, 8, 9 y 10), Cultivos permanentes (11, 12, 13 y 14), Pastos permanentes (15, 16, 17, 18 y 19) y Región Balear (20).