•  Asociación Extremeña Ganaderos Del Reino

El 17 de febrero se cobró el anticipo de la ayuda asociada a las vacas nodrizas, correspondiente a la campaña 2022.

 

Concretamente, este anticipo supone el 90 % del importe provisional que había fijado el FEGA en 85,168042 euros/animal. Es decir, 76,65 euros por cabeza.

 

Las nóminas se pueden consultar en SGA Portal del Ciudadano:

Campaña: 2022

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Después, en el menú de la izquierda, seleccionamos:

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Cálculo de la ayuda

 

La carta con el número de animales subvencionables se puede descargar también en SGA Portal del Ciudadano:

 

Campaña: 2022

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Expediente Electrónico Solicitud Única

 

Recordamos que además de las vacas que cumplan todos los requisitos, también se cobra hasta un 15% más, por las novillas.

 

Para la ayuda asociada a las explotaciones de vacuno de cebo se diferencian dos regiones: España peninsular y Región Insular, y se diferencia a su vez entre los animales que han sido cebados en la misma explotación de nacimiento o en cebaderos comunitarios gestionados por productores de vaca nodriza, de aquellos animales que han sido cebados y proceden de otra explotación.

Para el sub-régimen de ayuda para los terneros cebados en la misma explotación de nacimiento en la región España Peninsular hay un límite presupuestario asignado para la campaña 2022 de 12.243.000 euros, a repartir entre 443.090 animales con derecho a pago(381.843 en 2015, 403.835 en 2016 y 396.379 en 2017, 398.433 en 2018, 400.277 en 2019, 381.843 en 2020 y 437.126 en 2021), según los datos que las comunidades autónomas han comunicado al FEGA, estableciéndose por ello un importe unitario provisional de 27,522687 euros/animal (32,704541en 2015, 30,684918 en 2016, 31,277784 en 2017, 31,155237 en 2018, 31,035080 en 2019, 29,618126 en 2020 y 27,903635 en 2021).

Para el sub-régimen de ayuda para los terneros cebados que proceden de otra explotación en la región España Peninsular hay un límite presupuestario asignado para la campaña 2022 de 25.405.000 euros, a repartir entre 1.666.284 animales con derecho a pago (1.323.737 en 2015, 1.388.003 en 2016, 1.523.293 en 2017, 1.591.081 en 2018, 1.629.774 en 2019, 1.645.463 en 2020 y 1.678.461 en 2021), según los datos comunicados por las comunidades autónomas al FEGA, estableciéndose por ello un importe unitario provisional de 15,244515 euros/animal (19,575641 en 2015, 18,663599 en 2016, 17,006918 en 2017, 16,282732 en 2018, 15,896795 en 2019, 15,745319 en 2020 y 15,143392 en 2021).

A continuación se indican los datos comunicados por las diferentes comunidades autónomas, que han servido de base para la realización del cálculo de los importes definitivos.

 

AYUDA ASOCIADA AL VACUNO DE CEBO. ESPAÑA PENINSULAR. 2022
 CCAA Terneros cebados en la misma explotación de nacimiento Terneros cebados procedentes de otra explotación
Solicitudes aceptadas Animales determinados Media de animales por solicitud Solicitudes aceptadas Animales determinados Media de animales por solicitud
Andalucía 834 28.896 34,65 319 43.118 135,17
Aragón 357 10.203 28,58 1.738 400.382 230,37
Asturias 3.144 23.285 7,41 748 8.903 11,90
Cantabria 1.053 9.390 8,92 250 4.472 17,89
Castilla-La Mancha 597 21.634 36,24 720 283.146 393,26
Castilla y León 11.119 144.747 13,02 11.119 290.934 26,17
Cataluña 535 20.143 37,65 1.669 378.284 226,65
Extremadura 1.750 56.000 32,00 290 64.000 220,69
Galicia 7.927 98.060 12,37 542 60.379 111,40
Madrid 295 6.903 23,40 134 13.151 98,14
Murcia 9 1.229 136,56 89 48.735 547,58
Navarra 504 10.076 19,99 142 24.623 173,40
País Vasco 870 10.300 11,84 97 11.400 117,53
La Rioja 45 910 20,22 56 15.000 267,86
C. Valenciana 93 1.314 14,13 75 19.757 263,43
TOTAL 29.132 443.090 15,21 17.988 1.666.284 92,63

El MAPA está trabando para dejar exentas también a las personas jurídicas

La Ley 30/2022 (BOE nº 308, de 24/12/2022) por la que se regula el sistema de gestión de la Política Agraria Común, en su Disposición final decimotercera modifica la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (BOE nº 285, de 29/11/2006), para incluir los eco-regímenes entre las ayudas que están exentas de pagar el IRPF.

De este modo, la Disposición adicional quintade la Ley 35/2006 del IRPF, Subvenciones de la política agraria comunitaria y ayudas públicas, queda redactada así:

“1. No se integrarán en la base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas las rentas positivas que se pongan de manifiesto como consecuencia de:

a) La percepción de las siguientes ayudas de la política agraria comunitaria:

1.ª Abandono definitivo del cultivo del viñedo.

2.ª Prima al arranque de plantaciones de manzanos.

3.ª Prima al arranque de plataneras.

4.ª Abandono definitivo de la producción lechera.

5.ª Abandono definitivo del cultivo de peras, melocotones y nectarinas.

6.ª Arranque de plantaciones de peras, melocotones y nectarinas.

7.ª Abandono definitivo del cultivo de la remolacha azucarera y de la caña de azúcar.

8.ª Ayudas a los regímenes en favor del clima y del medio ambiente (eco-regímenes).”

Recordamos que, entre otras ayudas, también están incluidas: “e) La percepción de indemnizaciones públicas, a causa del sacrificio obligatorio de la cabaña ganadera, en el marco de actuaciones destinadas a la erradicación de epidemias o enfermedades. Esta disposición sólo afectará a los animales destinados a la reproducción.”

No obstante, los importes cobrados por eco-regímenes no estarán exentos de tributar por el Impuesto de Sociedades, algo que se ha reclamado desde ASAJA, ya que considera un error, sin justificación alguna, dejar fuera a las sociedades. Sin embargo, recientemente el Ministro de Agricultura ha anunciado que el Gobierno trabaja para que esa bonificación se amplíe a las personas jurídicas y no solo a las personas físicas.

La Presidenta del FEGA ha hecho unas declaraciones en el sentido de que en 2023 no se penalizará por el incumplimiento de los eco-regímenes. Así, si por ejemplo en el eco-régimen de rotación de cultivos la superficie que se deja de leguminosas fuera el 4%, en lugar del 5% obligatorio, se ajustará la superficie con derecho a ayuda en proporción al porcentaje que se ha dejado.

Es decir, se cobraría la ayuda ajustada, pero no se le aplicaría penalización. En 2024 se aplicaría la mitad de la penalización que le correspondiera.

El Ministerio de Agricultura (MAPA) acaba de publicar el listado provisional de los 248.763 beneficiarios de las ayudas para compensar la subida del precio de los fertilizantes, que puede consultarse en el siguiente enlace:

                                                                                         https://www3.sede.fega.gob.es/gesaexcse/inicio/inicio.action

Introduciendo el NIF/CIF y los cuatro últimos dígitos de la cuenta bancaria, se accede a un listado en el que se puede conocer el número de hectáreas de secano y/o de regadío, así como el importe provisional de la ayuda correspondiente a cada beneficiario.

Esta ayuda, de la que informamos en nuestro Boletín de enero, está regulada por el Real Decreto-ley 20/2022 de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, y cuenta con un presupuesto de 300 millones de euros.

Quienes estén incluidos en el listado no necesitan solicitar la ayuda. Es suficiente con estar al corriente con Hacienda y con la Seguridad Social.

Se concede a las tierras de cultivo, con excepción de los pastos temporales y barbechos, y a los cultivos permanentes. Se pagará en función de las superficies declaradas en la PAC de la campaña 2022.

El FEGA ha fijado los siguientes importes definitivos:
• 20,823597 euros por hectárea de secano.
• 52,058992 euros por hectárea de regadío.

El número tal de beneficiarios de esta ayuda asciende a 248.763, para un una superficie de 10.585.277 hectáreas. En total se repartirán 296.999.081 euros.

El siguiente cuadro muestra el reparto por Comunidades Autónomas. 

COMUNIDAD AUTÓNOMA Nº titulares de explotaciones Superficie total (ha) Importe total (euros)
Andalucía 62.530 2.199.143 62.874.402
Aragón 24.764 1.104.038 34.307.671
Asturias 396 8.236 171.540
Baleares 2.183 77.088 1.825.391
Canarias 748 8.564 406.665
Cantabria 159 4.326 100.178
Castilla-La Mancha 46.791 2.299.093 60.174.361
Castilla y León 41.493 2.746.696 71.321.831
Cataluña 21.391 593.151 19.132.254
Extremadura 16.542 598.365 17.513.678
Galicia 2.503 64.992 1.376.169
Madrid 1.745 99.517 2.558.312
Murcia 4.797 163.405 5.113.577
Navarra 5.545 241.536 7.579.078
País Vasco 917 57.333 1.266.816
La Rioja 2.863 84.876 2.535.697
C. Valenciana 13.396 234.918 8.741.460
Total 248.763 10.585.277 296.999.081

 

 

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